REVISTA VANGUARDIA
La guerra de los impuestos
| La guerra de los impuestos |
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| Revista Vanguardia | |
| martes, 20 de mayo de 2008 | |
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En Montecristi se debate la reforma tributaria. El gobierno y los empresarios tienen diferencias irreconciliables. El segundo round entre los sectores productivos y el Gobierno está por terminar. El primero fue en diciembre del 2007 cuando se aprobó la Ley de Equidad Tributaria, en la cual los empresarios quedaron golpeados. A partir de ahí, se inició una nueva batalla. Los empresarios vieron en el reglamento y en la reforma a Ley el espacio para su reivindicación. Cuando en febrero del 2008 el SRI tenía listo el reglamento y una versión preliminar salió a la luz, los gremios plantearon sus reparos. De hecho, el 26 de ese mes Pablo Dávila, coordinador Jurídico de las Cámaras y Asociaciones de la Producción, envió a Susana Cabeza de Vaca, ministra Coordinadora de la Producción, un documento de 107 páginas, en el cual se planteaban varias recomendaciones. Los principlaes problemas estaban en el plazo que el contribuyente tenía que esperar para reclamar el crédito tributario luego de una venta al sector público y en el valor de los anticipos al impuesto a la renta, bajo un nuevo sistema que combina activos, pasivos, ingresos y costos. Nada de eso se resolvió en el reglamento, que ya expidió el presidente Rafael Correa. Ahora las armas apuntan a Montecristi. Es allí donde se cocina la reforma a la Ley que envió el Presidente y que elaboró el SRI. El proyecto soluciona, en parte, el problema del crédito tributario. El plazo para recuperar el IVA pagado se reduce de seis meses a un mes. Pero aún hay inconformidad. Carlos Ribadeneira, presidente de la Cámara de la Pequeña Industria de Pichincha (Capeipi), dijo a los asambleístas de la mesa 10, que la devolución debe ser inmediata, pues el pago que los empresarios hacen al realizar una compra es también inmediata. Pero ni el informe de mayoría, realizado por María Paula Romo, de Alianza País ni el de minoría preperado por León Roldós, toman en cuenta este pedido. En el tema de los anticipos tampoco hay acuerdo. La tesis empresarial es que ese sistema perjudica la operación de las empresas. Según ellos, muchas actividades empresariales, principalmente pequeñas y medianas, sí pueden generar anticipos mayores al impuesto causado, con lo cual se resta liquidez a la actividad. Pero el director del SRI no ve ahí un problema. A Vanguardia dijo que la reforma a la Ley establece que si una empresa demuestra que esa situación es real, podrá solicitar al directorio de la institución que la exonere o se le reduzca el pago de los anticipos. Esto se está debatiendo en la Asamblea. Y el asambleísta de la RED, León Roldós, tiene sus reparos. Él sostiene que demostrar que los anticipos superarán al impuesto causado es imposible, pues nadie puede tener certezas de lo que ocurrirá en el futuro. Su planteamiento es que el contribuyente pueda solicitar al SRI la reducción o exoneración de los anticipos cuando alegue que sus ingresos probables del año en curso serán inferiores a los del año anterior o que las retenciones en la fuente cubrirán el monto a pagar por concepto de impuesto. En sustitución del anticipo, León Roldós propone que la empresa entregue una caución (garantía) de ejecución inmediata. Esto, según dice, ayudará a mantener la liquidez en la empresa. Más allá de eso, el sistema de anticipos genera otras controversias. La Ley vigente establece que el valor de éstos que supere el impuesto causado genera una nota de crédito que sólo el contribuyente puede utilizar, y que si no lo hace en un plazo de cinco años, se convierte en impuesto pagado. Para algunos empresarios esto genera más problema que el mismo anticipo. Por ello, su propuesta, que negociaron con el SRI, fue que se permita que la nota de crédito sea libremente negociada en el mercado bursátil. Y así lo acogió el SRI, en su propuesta de reforma a la Ley. Pero puso una condición: La nota de crédito puede negociarse libremente, pero quien la compre sólo podrá redimirla en un plazo de cinco años. Por supuesto que esto no agradó a los empresarios. Ellos sostienen que esta restricción en el tiempo limita el mercado, pues el papel se vuelve poco atractivo. O que, en su defecto, para negociar la nota de crédito se deberá hacer un importante descuento en su valor nominal. Con ello, dicen, se está entregando un crédito al Gobierno que no les genera intereses. La propuesta que llevaron a Montecristi es que se permita que la nota de crédito sea redimible en un tiempo menor, o que permita realizar los pagos de otros impuestos, como el IVA o el ICE. Esto no ha sido recogido por los informes de la mesa 10. Carlos Marx Carrasco defiende su posición. La idea de que esos papeles sean redimibles en cinco años no es solamente mejorar el flujo de caja del Estado. "Se trata —dice— fundamentalmente de establecer una medida de control, a fin de que los contribuyentes algo paguen". En esencia la reforma apunta a que en los cinco años los anticipos no se conviertan en impuesto pagado sino en una nota de crédito redimible. ¿Quién gana con este cambio? El director del SRI sostiene que aquellos que compran los papeles, es decir, el mercado bursátil. La administración tributaria no, pues afirma que de todas maneras, en ese tiempo, la institución tiene que devolver los valores recibidos. La pelota ahora está en la cancha de Alfaro, en Montecristi. Y en el medio está Carlos Marx Carrasco, a quien le ha tocado ir a Montecristi a defender su propuesta y a exponer por qué no se han aceptado todos los planteamientos que realizaron los empresarios. Y lo tiene claro. De hacerlo —dice— se habría abierto una nueva válvula de evasión tributaria, que atenta contra el espíritu de las reformas que se impulsaron. Por ejemplo, dice Carrasco, no se puede aceptar que para descontar el 10% del impuesto a la renta, se permita la reinversión de utilidades en cualquier rubro. La reforma a la Ley apunta a que ese beneficio tributario lo obtengan sólo las empresas que reinviertan en maquinarias y equipos nuevos. Este punto también genera debate en la Asamblea. Y León Roldós abrió una tercera vía. En su informe de minoría, señala que las empresas debieran poder reducir ese 10% cuando la reinversión se realice, además, en innovación tecnológica. Pero va más lejos. El asambleísta de la RED advierte que la reinversión se realiza en un período anterior y la adquisición en uno posterior. Por eso es importante que se norme el hecho de que si no se ha efectivizado la adquisición hasta el cierre del ejercicio económico, se obligue al pago del 10%, más los intereses que se generen. Otro golpe que están por recibir los empresarios es el relativo a la retención del 25% sobre los intereses de los créditos externos. La posición de la Cámara de Industriales de Pichincha es que deben exceptuarse del pago de ese impuesto todos los créditos externos concedidos por los bancos que estén debidamente registrados en el país y cuyas tasas de interés no excedan a las máximas referenciales determinadas por el Banco Central. Su argumento: garantizar la competitividad, pues esto puede encarecer el financiamiento y en consecuencia, la actividad productiva. Carlos Marx Carrasco no cede en este punto. Para él, la deducción sólo cabe sobre los créditos externos concedidos exclusivamente de gobierno a gobierno, o por organismos multilaterales de crédito . Y así consta en el Reglamento. León Roldós, sin embargo, revivió el tema. En su informe pide que se incluya a toda la banca exterior que esté debidamente registrada. Y calcula que el incremento en los costos podría bordear el 10%. En medio del debate, la buena noticia para quienes tienen líos con el SRI, salió de la propia institución. Se encamina un plan de amnistía tributaria. La idea es que los intereses y multas pendientes de pago sean condonados. Pero hay condiciones: que se pague el valor de los impuestos causados y que se lo haga en un plazo menor a 150 días. |








