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La Unión Europea no levantará una muralla PDF Imprimir E-Mail
Didler Lopinot   
martes, 01 de julio de 2008

La directiva Retorno de la Unión Europea ha sido rechazada en América Latina. El embajador de Francia en Quito la defiende.

 

La directiva Retorno, recientemente adoptada por la Unión Europea (pero que entrará en vigor en el 2010), suscita en Ecuador, y en los países de la región, una emoción tan grande que su presentación y su interpretación comportan varias inexactitudes que merecen ser corregidas, con el fin de contribuir a apaciguar las inquietudes de la opinión.

En primer lugar, la directiva no califica la migración irregular como un acto criminal: no hay ningún castigo penal impuesto, la única sanción que impone es la prohibición de la posibilidad de volver a entrar en la Unión Europea durante un período que no debe exceder de cinco años.

Pero, como la directiva es una norma que sólo define un marco legal, se trata de una duración máxima que puede ser reducida por los Estados miembros de la UE e incluso verse suprimida.

En segundo lugar, esta directiva no endurece las condiciones de expulsión de los migrantes en situación de estancia ilegal: ya que están sujetos a la posibilidad de ser expulsados, la gran diferencia será que estos migrantes gozarán de derechos humanos claros que ahora no están totalmente garantizados en todos los países de la UE, como el derecho a una decisión escrita e información de las posibles vías para interponer recurso, apoyo lingüístico y asesoramiento jurídico, cuidados médicos y de personas vulnerables, educación de menores.

No es cierto, entonces, decir que esta directiva atente contra los derechos humanos: permitirá a las personas concernidas beneficiarse de las disposiciones de la Convención Europea de los Derechos Humanos, de las convenciones de las Naciones Unidas aplicables y de la Convención de Ginebra sobre los refugiados, pero además el respeto de estos derechos, que debe estar asegurado, será de hoy en adelante controlado por el Tribunal de Justicia de la UE, la Comisión Europea y el Parlamento Europeo.

En lo que concierne a la permanencia en el centro de retención, hoy en día no está limitada en 7 países europeos, lo cual es totalmente anormal: la directiva impone ahora una duración máxima de 18 meses. Pero deja la posibilidad a los Estados de fijar una duración máxima de retención, la cual es mucho menor en casi todas partes: en Francia es de 32 días y, en promedio, la estadía en un centro de retención no sobrepasa los 12 días.

Por último, hay que subrayar que la directiva da prioridad al principio de retorno voluntario así como garantiza el principio de no-retorno para las personas en situación de pedir asilo.

De cualquier manera, el retorno de los inmigrantes en situación irregular es muy a menudo un episodio dramático: para evitar al máximo esta situación es necesario que el país de acogida y el país de origen trabajen juntos para reducir la migración irregular. Ya que se corren graves riesgos para los mismos migrantes: peligra su vida o la pierden, poniéndose en manos de mafias sin ningún respeto por la vida humana.

Los migrantes irregulares no son criminales: son explotados por criminales que se aprovechan de sus tentativas desesperadas para salvar a sus familias de la pobreza. Son igualmente explotados por empleadores que abusan de su precaria situación y tienen unas condiciones de vida frecuentemente difíciles, incluso dramáticas, incompatibles con su dignidad y el respeto de sus derechos humanos. Pero la migración irregular perjudica también a los migrantes en situación regular en el mercado de trabajo, en el momento en que el desempleo aumenta en ciertos países de acogida.

Algunos creen que la UE va a construir una muralla contra la inmigración, pero acoge el mayor número de inmigrantes en el mundo (22% del total); es decir 41 millones, y éstos aportan una contribución irremplazable a su desarrollo económico. La directiva Retorno y la lucha contra la migración irregular son solamente uno de los elementos de la política migratoria de la UE, cuyo objetivo es una migración regulada, concertada con los países de origen e integral: que incluya la integración de los migrantes, así como programas de desarrollo en aquellos países.